Un Sol de Ciudad

Nuevas medidas para mejorar la protecci贸n de los consumidores en Internet

Nuevas medidas para mejorar la protecci贸n de los consumidores en Internet

Publicado el: 31-01-2011

La semana pasada, el Consejo de la Unión Europea dio su visto bueno al borrador de la Directiva sobre Derechos de los Consumidores, en el que se establece que los consumidores dispondrán de 14 días para desistir de un contrato a distancia, sin gastos ni necesidad de argumentar su decisión, siempre que el importe de la compra supere los 60 euros.

 

Para ejercer este derecho, el consumidor deberá informar, dentro de ese plazo de 14 días, a la empresa en cuestión, ya sea por carta, fax, correo electrónico o a través del formulario que la empresa ponga a su disposición para tal efecto.

 

Por su parte, la empresa dispondrá de 14 días, a contar desde la fecha de recepción de la comunicación del cliente, para reembolsar los gastos. En el caso de la venta de bienes, el comerciante podrá esperar hasta que haya recibido de vuelta la mercancía para reembolsar el importe.

 

Además de esta medida, el objetivo de esta directiva es mejorar tanto el funcionamiento del mercado interno como el nivel de protección del consumidor. Asimismo, se pretende facilitar la venta a distancia y transfronteriza, ya sea por Internet, teléfono, fax o venta a domicilio.

 

La directiva afecta tanto a los contratos a distancia como a los realizados fuera del comercio. Además, estas medidas se aplican también a los contratos de agua, gas, electricidad y calefacción.

 

Por otra parte, los sectores que no se verán afectados son: el inmobiliario, la construcción de nuevos edificios, los servicios financieros, los servicios de transporte de pasajeros, determinados servicios sociales y de salud y el juego.

 

No se consideran bienes los contenidos digitales, como los programas de ordenadores, juegos o música que no estén grabados en un soporte tangible. Por el contrario, sí entrarían en el ámbito de aplicación de la directiva los artículos digitales tangibles, como los CDs, DVDs o tarjetas de memoria, al igual que la descarga de contenidos digitales de Internet, considerada como un contrato de servicios concluido por vía electrónica y ejecutado de forma inmediata, si bien en este último caso no se contempla el derecho de devolución.

 

La directiva también refleja la información que el comerciante debe poner a disposición del consumidor. A este respecto, antes de que el cliente sea obligado por el contrato, el comerciante deberá ofrecerle la información obligatoria de forma clara y comprensible.

 

El comerciante deberá informar al consumidor de cualquier gasto extra que suponga un incremento del precio. Si el cliente no da su consentimiento expreso, no estará obligado a pagar esos gastos y tendrá derecho a reembolso.

 

Esta nueva directiva, que aún debe pasar por el Parlamento Europeo, reemplazará a la de contratos negociados fuera del establecimiento comercial (85/577/EC) y a la de contratos a distancia (97/7/EC). Se espera que el Parlamento se pronuncie durante la primera mitad de este año.

Rocío Bonachera Escribano
 

Comentarios sobre este artículo

* No serán publicados aquellos comentarios que contengan descalificaciones.

Comentarios:
No existen comentarios.